La convocatoria recoge que el plazo máximo para formalizar el primer Acuerdo de Prestación de Servicios de Asesoramiento será de 3 meses a contar desde la publicación de la concesión en la Sede Electrónica de Red.es. Para el segundo acuerdo y siguientes no aplica este plazo, pero la fecha máxima para la presentación de los acuerdos finalizará el 31 de mayo de 2025 a las 23:59 horas.
Una vez firmado y validado el acuerdo entre la pyme beneficiaria y el asesor digital, éste tiene 3 meses para prestar el servicio a contar desde la fecha de validación del acuerdo. Tras la prestación y una vez que se emita la factura será el momento en que ha finalizado el servicio. Y tras la finalización, el Asesor Digital deberá justificar el trabajo realizado teniendo un plazo máximo de 5 meses para ello, y que empieza a contar desde la validación del acuerdo.
La presentación de la justificación solo se podrá realizar a través del formulario establecido en la Sede Electrónica de Red.es y que, a partir del próximo 22 de septiembre de 2024, será accesible a través de la Plataforma Acelera Pyme. En este formulario se indicarán los requisitos y las evidencias que se deberán acreditar.